PRÁCTICAMENTE LISTA LA LEY DE MEDIACIÓN
La Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 7 de julio de 2012, está a punto de echar a rodar, previo desarrollo de la misma, con la que se prevé que la resolución de los conflictos no se demore más de un mes frente a los varios años que suele suponer un proceso judicial. La mediación, a la que siempre se acudirá de manera voluntaria, podrá ser el mecanismo para solucionar los siguientes conflictos:
Asuntos de familia.Reclamaciones por seguros. Reclamaciones de responsabilidad civil. Conflictos sucesorios. Conflictos dentro de la empresa familiar (grande o pequeña). Conflictos entre socios en la pequeña y mediana empresa. Conflictos en las relaciones mercantiles entre empresas, con clientes y proveedores. Conflictos entre empresas franquiciadoras y franquiciadas. Arrendamientos de locales entre empresas, como centros comerciales.
Es llamativo que España haya vivido hasta ahora al margen de la mediación pese a los informes del Consejo de Europa, en los que se pone de manifiesto el escaso desarrollo en nuestro país y se compara la situación con la de Turquía, Georgia, Armenia y Andorra.