ME HAN DIFAMADO EN INTERNET
¿Cómo debo actuar? En el caso que hayas encontrado un contenido difamatorio contra tu persona, es decir te han injuriado o calumniado, en primer lugar y antes de emprender cualquier tipo de actuación judicial deberías agotar los siguientes pasos:
1º Debes tener en cuenta que la responsabilidad de los contenidos que te difaman no serán únicamente responsabilidad de la persona que los ha escrito en la red o colgado sino también de los prestadores de los servicios, es decir, webmasters de un foro, titulares de los servicios audiovisuales, buscadores, bloggero, propietarios del sitio web, que son los titulares del sitio en donde se ha proferido dicha difamación conforme a lo establecido en la Ley 34/2002 de los Servicios de la Sociedad de la Información y del comercio electrónico.
2º Deberás buscar en todos aquellos foros, grupos, chats, blogs o páginas web en internet que contengan contenidos que atenten o difamen a tu persona, debiendo guardar capturas de pantalla de todo lo anterior y hacer una valoración jurídica del contenido, si es posible a través de una persona con conocimientos jurídicos que pueda valorar si dichos comentarios son contrarios a la ley.
3ª Deberás llevar a un notario toda la documentación anterior, es decir, las capturas de pantalla que hayas realizado de los contenidos que atenten o difamen a tu persona, para que de esta manera el notario pueda verificar que efectivamente dichos documentos se corresponden con lo que están apareciendo en la red.
4º Solicitud formal a los propietarios de los lugares de la red que albergan dichos comentarios que retiren de inmediato los mismos poniendo en su conocimiento que dicha información constituye un delito de injurias y calumnias penados en el código penal que pueden llegar hasta los dos años de prisión.
5º Solicitud de bloqueo de la caché de las páginas o lugares donde se han vertido dichas manifestaciones difamatorias a los buscadores más relevantes.
6º Finalmente si los propietarios de los lugares o sitios de internet donde se han vertido las manifestaciones difamatorias contra nuestra persona se avienen a retirar las expresiones les insistiremos en que ya sea en su propia página o a través de un enlace a nuestra propia página web o blog se avengan a mostrar nuestra propia versión de los hechos o currículo vitae a fin de mejorar o recuperar nuestro buen nombre como persona sirviéndonos ello como medio de recuperar nuevamente nuestra promoción profesional o personal.
Hasta aquí las acciones que podríamos emprender en un primer momento y de forma amistosa contra los propietarios de los lugares o autores de las acciones difamatorias, sino se avinieran a realizar ninguna de los anteriores puntos nos veríamos abocados a iniciar acciones judiciales contra los mismos, pero ello ya os lo explicaré en el próximo artículo la semana que viene.
Muchas gracias a vosotros por visitar nuestra página web y de que la información aquí explicada haya sido de utilidad. Un saludo.
Muy importante la información que presentan ya que estos de las calumnias se da a diario en internet y aveces puede dañar mucho la imagen de una persona o empresa los que casi siempre no sabrían como proceder una demanda legal a quienes lo hayan publicado, pero con una información bien explicada y de calidad como esta es una buena guía, muchas gracias